Pablo Iglesias y James Rhodes

Iglesias homenajea a James Rhodes y bautiza como “ley Rhodes” su primera medida legislativa


La Ley Rhodes

“De niño me violaron repetidamente y todavía estoy pagando el precio”

James Rhodes ha recordado públicamente lo difícil que fue su infancia. “He probado todos los medicamentos que las grandes farmacéuticas han tenido a bien inventar, he destruido relaciones, me he autolesionado con rabia y he hecho todo lo que se me ha pasado por la cabeza para intentar detener ese zumbido incansable y violento que me retumba en la cabeza”, afirma Rhodes, que ha participado en acciones de denuncia y ha compartido su experiencia en un libro autobiográfico y en medios de comunicación para denunciar la gravedad de esta realidad.

Fue en 2014 cuando publicó su autobigrafía ‘Instrumental: Memorias de música, medicina y locura’ después de librar una batalla de más de año y medio con su mujer en los tribunales. Ella se negaba a que hiciera pública su infancia por el daño y la repercusión que esto podría tener en el hijo de ambos.

El dia 9 de junio Pablo Iglesias, Vicepresidente del Gobierno presentó en rueda de prensa la ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia que tiene como objetivo  que  los niños, niñas y adolescentes estén más seguros ante toda forma de violencia, activando medidas de prevención y detección precoz que no dejen resquicio al dolor y la impunidad.

 Este proyecto de ley se aprobó en el consejo de Ministros de ese mismo día y también se aprobó su trámite de urgencia, enviándolo a las Cortes Generales para su debate y  posterior aprobación.

Y que resumimos  en  9 puntos:

1 .- NO HABRA SILENCIO

Establece el deber de cualquier ciudadano de comunicar a las autoridades de manera inmediata de cualquier indicio de violencia ejercida sobre niñas, niños y adolescentes

2.- ACCESO UNIVERSAL A TRATAMIENTO Y REHABILITACION

Garantiza la asistencia universal a los servicios sanitarios y de tratamiento y el derecho a la asistencia jurídica gratuita

3.-FIGURAS DE PROTECCION

Se crea la figura del Coordinador o Coordinadora de Bienestar y Protección, en los centros escolares.

Así mismo también tendrán que tenerlo las entidades que realicen actividades deportivas y de ocio

4.- PROFESIONALES FORMADOS

La formación específica de todos los profesionales que tengan un contacto habitual con niños, niñas y adolescentes.

Al mismo tiempo se va asegurar la existencia de una Unidad Especializada en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y también se van a dar nuevos espacios de formación para Jueces y Fiscales

5.- PROTOCOLOS DE PREVENCION

La obligación de fijar nuevos protocolos de prevención en todos los centros escolares para la detección precoz ante posibles casos de abuso, explotación sexual y de trata de menores de edad

6.- NUEVA REGULACION DE LOS DELITOS DE ODIO

Se incorpora la edad como criterio de discriminación y la aporofobia (miedo a las personas pobres) y la exclusión social como delitos penales.

7,- CAMBIO EN LA PRESCRIPCION DE LOS DELITOS GRAVES CONTRA MENORES

La prescripción comenzara a contar a partir de la edad de 30 años de la víctima.

8,- PROTECCION A LOS HIJOS E HIJAS DE ASESINOS MACHISTAS

Privación de la patria potestad a los condenados por homicidio o asesinato, en caso de que tengan hijo o hijos en común o sea hijo solo del convicto.

9.- PROHIBICION DE LA PUBLICIDAD MACHISTA

Prohibición de la publicidad de conductas violentas que se ejerzan sobre terceros o sobre sí mismo

Prohibición de publicidad que integre estereotipos de carácter sexista, racista, homófobo o transfóbico.

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